Accidente laboral en autónomos: todo lo que debes saber


2019 fue un año clave para los autónomos. Desde entonces, cualquier trabajador por cuenta propia que sufra un accidente laboral estará protegido, según el Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre. En este artículo te explicamos todo lo que debes saber sobre el accidente laboral en autónomos.

A diferencia de los asalariados, el trabajador autónomo puede sentirse más desamparado en el ámbito laboral. En este artículo vamos a aclararte todas las dudas para qué sepas cómo actuar en caso de accidente.

Accidente laboral en autónomos: todo lo que debes saber

Según el Real Decreto 1273/2003, de 10 de octubre, que regula la cobertura de las contingencias profesionales de los autónomos: "Se entenderá como accidente laboral el ocurrido como consecuencia directa del trabajo que realiza por su propia cuenta e incluido en el RETA o régimen especial".

Aquí se incluye a todos los autónomos. Sin embargo, hay que tener en cuenta algunos requisitos para que un accidente pueda ser considerado laboral. Por un lado, esto aplica a los accidentes "in itinere", es decir, aquellos que ocurren al ir o volver del lugar de trabajo.

No obstante, puede haber confusiones con qué se considera espacio de trabajo y qué no. Como apunta la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo: "accidente in itinere es aquel sufrido al ir o volver del lugar de la prestación de la actividad económica o profesional".

Pero ¿qué es exactamente el lugar de la prestación? Pues es "el establecimiento donde el autónomo ejerce habitualmente su actividad, siempre que no coincida con su domicilio y se corresponda con la oficina o local". Además, recuerda que como trabajador por cuenta propia podrás deducirte este gasto del IRPF.

Ahora bien, ¿qué pasa si el autónomo trabaja en casa y su lugar de trabajo es su vivienda habitual? En este caso, el profesional tendrá que declarar su vivienda como oficina. De lo contrario, no podría considerarse espacio de trabajo. Para que sea efectivo, deberá declarar los metros exactos de casa en los que trabaja.

No olvides que las enfermedades profesionales también son un tipo de accidente laboral. Por ello, como autónomo podrás solicitar tu baja médica. Eso sí, ya no es obligatorio que entregues una copia de tu baja médica a la empresa con la que trabajas. Será esta la que tenga que solicitarla a la Administración.

Diferencias entre baja por accidente y enfermedad laboral

Por si te preguntas qué diferencias hay entre baja por accidente laboral y baja por enfermedad laboral para los autónomos, estos son los aspectos más importantes que debes tener en cuenta:

Baja por accidente laboral

Por cualquier accidente que haya sufrido el autónomo mientras estaba trabajando o durante el desplazamiento al lugar de trabajo: un golpe, una caída o cualquier tipo de lesión que le impida trabajar.

Asimismo, en caso de accidente tendrás derecho a las siguientes prestaciones:

  • Prestación por accidente de trabajo. Aquí tendrás derecho a recibir asistencia sanitaria completa, además de una ayuda económica.
  • Por enfermedad profesional. Si padeces una enfermedad relacionada con tu trabajo, tendrás derecho a recibir exactamente las mismas prestaciones que si sufres un accidente laboral.
  • Incapacidad temporal y permanente. Tanto si tienes un accidente o una enfermedad que te impida trabajar de forma temporal o permanente, podrás acceder también a una serie de prestaciones económicas.

Baja por enfermedad laboral

Cuando el autónomo sufre alguna enfermedad relacionada con el trabajo. Por ejemplo, un camarero o un obrero que sufra dolencias de espalda por su profesión.

En cualquiera de estos casos, la Seguridad Social facilitará a todos los autónomos una serie de ayudas o prestaciones, entre las que se incluyen: rehabilitación en centros médicos especializados, adaptación de la vivienda o del vehículo del trabajador, desplazamientos, etc.

¿Cuándo un accidente no se considera laboral?

Por otro lado, es muy importante que conozcas qué casos no se consideran accidente laboral. Aquí se incluyen los accidentes que ocurren fuera del trabajo, es decir, cuando el trabajador por cuenta propia no está prestando un servicio relacionado con su actividad.

Accidente laboral de autónomos: ¿cómo solicitar ayuda?

Si eres autónomo y sufres un accidente laboral, debes seguir estos pasos:

Avisa de tu accidente laboral

Este es el primer paso. Nada más sufrir un accidente laboral es muy importante que lo notifiques de inmediato. De lo contrario, no podrás tramitar tu baja y solicitar una ayuda económica. Puedes hacerlo en el Sistema Delta (Declaración Electrónica de Trabajadores Accidentados).

Después, debes acudir a tu mutua de accidentes que la Seguridad Social te ofrece. Para ello, recuerda que tienes que estar dado de alta en el RETA o Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Después, un profesional médico tendrá que valorar tu situación.

Presenta tu documentación

Lo siguiente que tienes que hacer es entregar la documentación que corresponda durante los 15 días posteriores a la fecha de la baja laboral. Aquí se incluyen el parte de baja, los datos al pagador (Modelo 145), fotocopia de tu DNI y declaración de la situación de actividad: si tu negocio cerrará o no.

Como te decíamos antes, todo este proceso es ahora mucho más sencillo a través del Sistema Delta. Tú mismo puedes gestionarlo de manera online. Recuerda que para acceder tendrás que tener certificado digital, DNIe o Cl@ve.

Recibe tu bonificación

Por último, tendrás que comunicar a la mutua tus retenciones de IRPF. Después, recibirás una bonificación o ayuda económica durante 365 días. Concretamente, esta corresponde al 75% de la base reguladora a partir del día siguiente de dar parte sobre tu baja. En algunos casos se podrá prolongar 180 días más.

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