¿Qué es un autónomo colaborador? Requisitos, ventajas y bonificaciones


El autónomo colaborador es una categoría profesional bastante peculiar, ya que pese a estar dado de alta en el RETA tributa a Hacienda en el Régimen General. Es decir, que cada mes percibe su nómina salarial como cualquier otro trabajador por cuenta ajena. Si quieres saber más acerca de este tema, no te pierdas nuestra entrada de hoy.

¿Qué es un autónomo colaborador? Requisitos

Un autónomo colaborador es un familiar de un autónomo que además de trabajar vive con él. Por lo tanto, es indispensable ser un familiar directo de hasta segundo grado, como un cónyuge, hijo, hermano, suegro, abuelo o cuñado. Aunque no podrán acceder ni los primos ni sobrinos. También debe certificar que desempeña su tarea de forma habitual, depende económicamente de la unidad familiar y tiene más de 16 años.

Todas las personas en esta situación deben darse de alta en esta figura en el RETA. Ya que, de lo contrario, se consideraría un fraude fiscal que afecta tanto al autónomo dueño del negocio como a todos los trabajadores no declarados a su cargo. Sin embargo, solo pueden contratar aquellos autónomos que ejerzan su actividad individualmente y no a través de una entidad societaria limitada.

¿Cómo es la nómina de un autónomo colaborador?

Como hemos mencionado, el colaborador autónomo tiene nomina como cualquier trabajador por cuenta ajena. La razón es que sus ingresos no entran dentro de la categoría de actividad profesional, sino como rendimiento del trabajo. En este sentido, no tiene la obligación de hacer facturas, declarar el IVA o las retenciones del IRPF.

Por su parte, el autónomo contratador debe pagar el salario correspondiente a la categoría profesional cada mes. Así como las cotizaciones a la Seguridad Social, las retenciones y cualquier otro gasto deducible.

¿Puede un colaborador familiar cobrar el paro?

Los autónomos colaboradores pueden solicitar el denominado paro de autónomo, para lo cuál es necesario tener cotizado al menos un año y estar afiliado al RETA. La prestación por cese de actividad se puede pedir en la mutua que el trabajador tenga contratada, el Servicio Público de Empleo Estatal o el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Sin embargo, las probabilidades de que llegues a cobrarlo son escasas. Ya que además de pocos fondos disponibles, la Administración primero debe determinar que el cese de actividad se produce por motivos ajenos a tu voluntad.

En caso de que tengas suerte, la cuantía asciende a un 70% de la base reguladora media de los últimos 12 meses. Que en 2020 varía de 944,40 euros mensuales a un máximo de 4.070,10 euros. Por ejemplo, si solo has cotizado por el mínimo, tu paro será de 661,08 euros.

¿Cuál es la duración? Puedes depende del tiempo que hayas cotizado. En este sentido, de 12 a 17 meses te corresponde una prestación de 4 meses. De 18 a 23 meses asciende a 6 meses. Y de 24 a 29 meses llega hasta los 8 meses. El máximo es un paro de 24 meses tras estar 48 meses cotizados.

Bonificaciones de un autónomo colaborador

Los autónomos colaboradores que trabajan en un negocio familiar poseen una bonificación del 50% durante los primeros 18 meses y de un 25% los 12 meses siguientes. Descuento que se aplica a las bases de cotización, que en 2020 se sitúa en los mencionados 944,40 euros. El objetivo de esta medida es facilitar la inserción laboral a los familiares de los autónomos, especialmente cónyuge e hijos. Y ayudar a combatir las dificultades económicas que atraviesan muchos pequeños negocios en la actualidad.

Y hasta aquí nuestra entrada de hoy, en la que hemos hablado de la figura del autónomo colaborador, el tipo de nómina que tiene, requisitos, bonificaciones y derecho a paro. ¿Qué te parece esta categoría profesional? ¿Crees que sus ventajas son lo suficientemente buenas como para luchar contra economía sumergida? Nada nos haría más feliz que leer tu opinión en los comentarios. ¡Nos vemos!