Sociedad limitada profesional, todo lo que necesitas saber


A la hora de emprender un negocio, una de las cosas con las que más perdidos solemos estar es en la elección de la forma jurídica bajo la que queremos funcionar. Por lo general podemos darnos de alta en el RETA y funcionar como trabajadores autónomos o formar una sociedad con otros profesionales. Hace un tiempo os hablamos de la sociedad limitada unipersonal, una forma que puede reportar muchos beneficios a quienes la eligen. También sabemos que existen la sociedad limitada y la anónima, desde luego, pero… ¿sabemos también que existe una sociedad limitada profesional?

La verdad es que una cosa que nos ha preocupado siempre ha sido el tema de la responsabilidad. Que si nos va mal tengamos que responder con nuestro patrimonio es algo a lo que no todo el mundo está dispuesto. Eso sí, también es posible que la sociedad limitada no nos encaje totalmente con la idea que teníamos. Por eso hoy venimos a hablar de la sociedad limitada profesional, una forma jurídica relativamente desconocida y que no todo el mundo puede elegir, pero que puede ser la respuesta a nuestras plegarias. ¡Os contamos todo lo que necesitáis saber sobre ellas!

¿Qué es una sociedad limitada profesional?

Cuando decidimos emprender un negocio con una o más personas, nos surgen no pocas dudas. ¿Funcionar como autónomos haciendo frente cada uno a sus gastos? ¿Optar por un modelo de sociedad de los más conocidos? La verdad es que existe uno bastante peculiar que, como veremos un poco más adelante en este mismo texto, requiere de ciertos requisitos. Eso sí, si los cumplimos puede resultarnos bastante beneficioso, ¡así que merece la pena estar informados! Se denomina sociedad limitada profesional, y una de sus principales características es que sus integrantes deben estar colegiados.

¿Qué quiere decir esto? Pues que deben pertenecer a un colegio, entidad que solo existe en ciertas profesiones y que unifica una serie de criterios para sus profesionales. Es el caso, por ejemplo, de los profesionales del mundo de la abogacía, de algunos tipos de ingenierías o los médicos. Pertenecer a un colegio hace que se pueda disfrutar de multitud de ventajas, pero también que haya que operar según ciertos designios que son iguales para todos. En caso de violar algunas de nuestras obligaciones como colegiados podrían expulsarnos, y lo normal es que no podamos volver a ejercer.

Una faena, desde luego, aunque nada de lo que debamos preocuparnos si no tenemos pensado hacer nada al margen de la ley o de dichas normas.

Por lo tanto, lo normal es que la actividad profesional a la que nos dedicaremos requiera de un título universitario para poder ser llevada a cabo. Ahora bien, el principal beneficio con el que cuenta una sociedad limitada profesional es la fiscalidad. Hablaremos de ellos largo y tendido un poco más adelante, pero ya os adelantamos que, al igual que en una sociedad limitada, los socios únicamente tendrán que hacer frente a sus deudas con el patrimonio de la S.P.L.

¿Ser autónomo o crear una Sociedad limitada profesional?

Por algún extraño motivo, lo primero en lo que pensamos cuando queremos emprender un negocio es en darnos de alta como trabajadores por cuenta propia. Sin embargo, si hemos aprendido a investigar muy bien las distintas deducciones autonómicas de cara a la Declaración de la Renta… ¿por qué no investigar un poco también en las distintas opciones a nuestra disposición antes de tomar una decisión precipitada?

Profundizaremos un poco más sobre esto en las ventajas y desventajas de la sociedad limitada profesional, pero conviene empezar a estar familiarizados con esto cuanto antes. Un trabajador autónomo debe responder ante las posibles deudas con su patrimonio. Eso es, con cualquier cosa que haya a su nombre, como el coche o el hogar familiar. Sin embargo, la sociedad limitada profesional cuenta con el principal atractivo de una sociedad limitada. Esto es: en caso de problema, sus socios solo están obligados a responder con el patrimonio de la sociedad, limitado este por el capital suscrito.

Esto es importante, puesto que aunque cuando damos de alta una sociedad no solemos hacerlo poniéndonos en lo peor, los problemas se presentan… y de qué manera a veces. El único problema de este modelo es que no todo el mundo puede acogerse a él. Hay que tener un título universitario, y no solo eso. La actividad que desarrollemos debe estar bajo la batuta de un colegio y nosotros estar colegiados en él. Cumplir con las obligaciones de una sociedad limitada profesional es la única forma de disfrutar de todos sus beneficios, aunque ya os adelantamos que merece muchísimo la pena ‘el sacrificio’.

Así pues, nosotros lo tenemos clarísimo: siempre que se pueda, sociedad limitada profesional. Eso sí, otra cosa es que se pueda, pero no os preocupéis, ¡que queda mucho post por delante para hablar de ello!

Ventajas e inconvenientes de una Sociedad limitada profesional

Ya os hemos deslizado algunas ventajas de la sociedad limitada profesional (S.L.P.) a lo largo del texto. Eso sí,  lo cierto es que no son las únicas, ¡ni todo lo que se puede decir sobre esta forma jurídica es bueno! Ahora bien, esto ocurre en una sociedad limitada profesional de abogados, de arquitectos y en toda comunidad de vecinos que se precie.

Antes os hemos dicho que conviene investigar un poco y no era broma. En ocasiones los contras parecen una barbaridad y no lo son tanto, mientras que otras veces, por mucho que queramos, no habrá manera de beneficiarnos de los beneficios de los pros. Aquí os dejamos una selección con lo mejor y lo peor en función de que dice la ley sobre la sociedad limitada profesional. ¡Para que si os encaja, no podáis decir que no estabais informados!

Pros de crear una Sociedad limitada profesional

  1. Para nosotros, sin duda alguna, la principal ventaja de formar una sociedad limitada profesional está en su título, y no es otra cosa que la responsabilidad limitada. El hecho de poder emprender sin poner en peligro nuestro patrimonio personal nos parece una auténtica maravilla. La única forma de poder poner toda la carne en el asador, por gracia o por desgracia, es saber que no nos veremos en la calle a los dos días si la cosa va mal. El cómo lo gestione cada cual a nivel personal ya es otra cosa…
  2. El hecho de formar una sociedad con otros profesionales fortalece de cara a la imagen que se ofrece al posible cliente. No es lo mismo ir al despacho de un autónomo que acudir a un bufete o un estudio en el que hay varios profesionales altamente cualificados.
  3. No hay límite en el número de socios, y no lo destacamos tanto por que puedan ser muchos… ¡como por que puede ser únicamente uno! Así es, aunque solo se incluya el emprendedor en cuestión a la hora de crear la sociedad limitada profesional, podrá seguir beneficiándose de todas sus ventajas. Y eso, perdonad que lo digamos así, es una auténtica pasada. ¡No hay color con ser autónomo!
  4. La fiscalidad de una sociedad limitada profesional es mejor que la de un autónomo, y además no cuesta más que una sociedad limitada ‘normal’: 3.000 euros y en torno a 600 de gastos de constitución.
  5. Es más fácil conseguir créditos con una S.L.P. que siendo autónomo y la imagen que se da es de mucha mayor confianza.

En nuestro país las sociedades están muy bien vistas, y con una como esta podemos aprovecharnos de lo mejor de ellas de forma perfectamente legal. ¡No hacerlo sería un error!

Contras de crear una Sociedad limitada profesional

Como ya os hemos dicho antes, no todo lo que gira en torno a una sociedad limitada profesional es bueno. También tiene sus cosas malas, y aunque en la balanza, para nosotros, termina ganando lo positivo, conviene que sepáis a qué tipo de dificultades podéis enfrentaros.

  1. Para empezar, la constitución de una sociedad limitada profesional requiere un tiempo. Concretamente, algo más de un mes. Esto hace que, de ser  necesario comenzar antes,no nos quede otra que darnos de alta como autónomos. Los alrededor de 40 días que se necesitan no son un plazo excesivo en la mayoría de los casos, aunque cada uno tiene sus circunstancias. Esto puede hacer que tengamos que renunciar a las muchas ventajas del modelo que hemos venido a comentaros hoy, pero que podamos empezar a facturar ipso facto.
  2. En caso de contar con más socios, estos tienen ‘derecho de tanteo’ sobre las partes que otros socios decidan poner a la venta. Esto puede hacer que incorporar nuevos inversores se convierta en un auténtico problema en función de la mentalidad de dichos socios. Además, si uno de ellos comienza a hacerse con más porcentaje de la sociedad que otros… terminarán llegando los problemas.
  3. No es, desde luego, el tipo de sociedad más apropiada en el caso de querer contratar trabajadores. Al menos, no si queremos hacerlo de forma inmediata.
  4. Además, aunque por sus características no tengamos que afrontar las posibles deudas con nuestro patrimonio, si necesitamos pedir un crédito bancario es posible que tengamos un problema. Resulta que a este tipo de entidades no les convence demasiado lo que la responsabilidad limitada, así que lo más probable es que ellas sí que nos soliciten algún tipo de garantía personal para poder concedernos un crédito. Un contratiempo enorme, lo sabemos, pero no insalvable.

Requisitos para crear una Sociedad limitada profesional

A lo largo del post de hoy os hemos dicho que para crear una sociedad limitada profesional hay que tener un título universitario y, además, que este permita pertenecer a un colegio profesional. Estos dos requisitos son indispensables para poder formalizar todos los trámites, pero como ya habréis supuesto, no son los únicos. Por norma general las facilidades hay que ganárselas, ¡y esta no iba a ser una excepción!

Eso sí, no os preocupéis, no vais a tener que hacer mil búsquedas en Google para encontrarlos todos. Os las dejamos aquí mismo para que sepáis de antemano si merece la pena o no comenzar a moverlo todo. Así, si llevabais tiempo con la idea de emprender un negocio, podréis saber enseguida si podréis beneficiaros o no de este modelo de sociedad:

  • Para empezar, es necesario registrar la nomenclatura de la compañía en el Registro Mercantil Central, aunque lo cierto es que no es el único tipo de sociedad que nos obliga a esto.
  • El siguiente paso a cumplimentar tras el primero es redactar el modelo de los estatutos de la sociedad limitada profesional. Toda sociedad se rige por ellos, ¡así que la nuestra no puede ser menos!
  • Después (o antes), nos tocará abrir una cuenta en el banco a nombre de la empresa. Será aquí donde se ingresará el capital inicial de la organización, que deberá ser igual o superior a 3.000 euros.
  • Con las tres cosas anteriores ya podremos proceder a conseguir nuestra escritura pública ante notario. Con ello estaremos formalizando la constitución de nuestra sociedad limitada profesional, ¡aunque aún no podremos empezar a operar!
  • Ahora es cuando toca liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Como veis, lo de los 40 días para conseguir empezar a funcionar no era una cifra al azar, ¡y aún estamos a mitad del camino hasta nuestra meta!
  • Lo siguiente que deberemos hacer será solicitar una cita con Hacienda. Eso sí, si tenemos nuestro certificado digital al día, podemos hacerlo todo de forma mucho más rápida desde nuestro ordenador. ¿Nuestro objetivo? Obtener nuestro número de identificación fiscal (NIF) y darnos de alta tanto en el Impuesto de Actividades Económicas como en la declaración censal. ¡Ya iría quedando menos!
  • Es en este momento cuando debemos acudir de nuevo al Registro Mercantil, pero en esta ocasión al de la provincia en la que vamos a ubicar nuestra actividad económica.
  • Para finalizar, lo único que deberemos hacer será obtener el Número de Identificación Fiscal definitivo de nuestra compañía. Y entonces sí, desde ese momento tendremos una sociedad profesional limitada. ¡Enhorabuena!

Lo único que faltaría por hacer sería dar de alta a los socios en el RETA. Si además necesitamos contratar a algún empleado, tocará solicitar una licencia de apertura y darlos de alta pertinentemente en la Seguridad Social.

Con esto y un bizcocho lo único que os falta es determinar si podéis o no beneficiaros de esto que hemos venido a contaros hoy y, si es que sí, poneros manos a la obra. Nos encanta seros de ayuda, ¡pero está claro que con estos de las sociedades profesionales limitadas nos hemos superado a nosotros mismos!