¿Qué es el IVA intracomunitario?


En un mundo tan globalizado como éste y con las nuevas tecnologías como aliadas, cada vez es más habitual que una empresa o autónomo, por pequeña que sea, realice operaciones fuera de su territorio nacional. Si es tu caso, tienes que saber qué es el IVA intracomunitario porque no sólo las grandes empresas están sujetas a impuestos.

Conoce el IVA Intracomunitario

El IVA intracomunitario es un impuesto directo que se aplica en la compraventa de bienes y servicios entre países miembros de la Unión Europea.

Si tu empresa está radicada en España y vende sus productos o servicios a un particular, a una empresa o a un profesional de otro país comunitario, deberá aplicar la normativa del IVA intracomunitario a la hora de emitir la factura correspondiente.

Todas las transacciones comerciales entre países de la UE deben regirse por esas normas comunes, ya que cada país puede contar con diferente legislación y distinto impuesto para un mismo producto o servicio.

Hemos visto unos ejemplos muy claros durante la pandemia de coronavirus con la venta de mascarillas quirúrgicas. En nuestro país se empezó aplicando un tipo de IVA que en otros países como Portugal, por ejemplo, no existía. La presión social hizo que el Gobierno terminase cediendo y bajase ese impuesto, aunque sigue sin ser igual que el de otros países miembros.

Por razones como ésta, la Unión Europea aprobó una normativa especial para aplicar el IVA en transacciones entre diferentes países, así se facilitaban los intercambios comerciales dentro del territorio comunitario. De la misma forma se estableció una normativa común para las transacciones comerciales con países de fuera de la UE, llamado IVA transfronterizo.

Cada vez es más habitual tener clientes de fuera de nuestro país y este impuesto es más que necesario para evitar incrementos excesivos en los precios de los productos.

¿Cómo declarar el IVA intracomunitario?

Como decimos, el IVA intracomunitario se aplica en la compraventa de bienes y servicios entre países miembros de la Unión Europea y hay una normativa establecida para que éste se incluya en las facturas de las transacciones intracomunitarias bajo unos mismos criterios.

¿Cualquiera puede operar libremente en otros países de la Unión Europea simplemente aplicando la normativa del IVA en sus facturas? No, no es tan sencillo. Para ello hay que inscribirse en el ROI. Son las siglas de Registro de Operaciones Intracomunitarias. Esto es un censo de profesionales y empresas que te permite realizar operaciones comerciales bajo la normativa del IVA intracomunitario.

¿Cómo inscribirse en el ROI?

Autónomos y empresas pueden darse de alta en este registro si cumplen los siguientes requisitos:

  • Si realizan entregas sujetas a IVA o si los bienes que se adquieren sirven para su actividad empresarial o profesional en el extranjero.
  • Si son destinatarios de servicios prestados por empresas no establecidas en nuestro país respecto de las cuales sean sujetos pasivos del IVA.
  • Si prestan servicios en otro país de la Unión Europea cuando el sujeto pasivo sea el destinatario de los mismos.

Las personas jurídicas que no actúen como empresarios o profesionales que realicen adquisiciones intracomunitarias de bienes sujetas al IVA también pueden inscribirse en el ROI.

Es tan simple como solicitar el alta como operador en la casilla 582 del modelo 036 de la Agencia Tributaria (es el que se usa para inscribirse en el Censo de Empresarios y darse de alta en Hacienda). Además, en la casilla 584 deberás incluir la fecha en la que vas a realizar la primera operación intracomunitaria.

Este modelo se presenta en Hacienda, ya sea presencialmente o vía telemática, y deberás esperar unos tres meses para recibir el consentimiento para operar.

¿Cómo se aplica el IVA intracomunitario?

A la hora de aplicar el IVA intracomunitario se deben tener en cuenta tres criterios básicos:

  • Diferenciar si la transacción es de un bien o de un servicio.
  • Distinguir entre una compra o una venta.
  • Dejar claro si el comprador es un particular, una empresa o un profesional.

Una vez considerados todos esos factores, la manera de aplicar el IVA intracomunitario es distinta, pero la normativa deja bien claro cómo tienes que aplicar ese impuesto y cómo realizar ese registro en tu contabilidad.

Cómo se aplica el IVA comunitario cuando eres tú quien vende bienes o servicios:

VENTAS Bienes Servicios
Particular Te tienes que inscribir como operador en el país de tu cliente. Aplicas en la factura el IVA de tu país.
Profesional y empresa Si están inscritos en el ROI no aplicas el IVA en la factura. Entregas la factura al cliente sin IVA y él aplicará las debidas operaciones en función de la fiscalidad vigente en su país.

En el caso de que seas tú quien compra bienes o servicios con un fin comercial, la aplicación del IVA intracomunitario tiene una normativa más simple.  En este caso, tienes que liquidar el IVA como si lo hubieras comprado en tu país.

Cómo grabar las importaciones intracomunitarias

Una vez que ya sabes que para operar en la Unión Europea debes inscribirte en el ROI y que te hemos explicado, a grandes rasgos, de qué manera se aplica el IVA intracomunitario en función de la operación que vas a llevar a cabo, debes saber también que existe una manera de llevar ese registro y realizar la declaración de esas transacciones a la hora de ser declaradas a Hacienda.

Puede parecerte un trámite muy complicado pero, en realidad, tampoco lo es tanto. Tendrás que rellenar el modelo 349, que es una declaración informativa de las operaciones intracomunitarias que has realizado.

Ya sabes que, si el destinatario es una persona física, no se considera una operación intracomunitaria. Y recuerda también que no todos los países de Europa forman parte de la UE y que, por tanto, el IVA de aplicación no será el intracomunitario sino el transfronterizo.

Dicho esto, en el modelo 349 se incluyen también los importes exactos del modelo 303 porque las operaciones intracomunitarias afectan al IVA. Pero eso no varía las cantidades, es sólo a modo informativo.

El modelo 349 se puede presentar de forma mensual, trimestral o anual, dentro de los plazos establecidos y en función del importe total de las entregas de bienes o servicios que se hayan realizado.